Más allá de la clásica visión del perito como un profesional unido en exclusiva al ámbito de los juzgados, dedicado únicamente a la labor contenciosa en juicios, nuestra asociación ofrece un abanico más amplio de posibilidades, estando orientada eminentemente a la asesoría técnico-pericial. Y es que el día a día nos enfrenta a situaciones que van más allá del ámbito judicial y que necesitan del asesoramiento experto de un profesional que facilite la toma de decisiones y ofrezca alternativas a la vía contenciosa. Veamos algunos ejemplos:
¿Sabe usted lo que es la venta extrajudicial de vivienda hipotecada ante notario? Sepa que esta alternativa a la vía judicial acorta plazos y ahorra dinero a acreedor y deudor, y, lógicamente, requiere de un profesional que se encargue de la tasación de los bienes hipotecados para garantizar un precio ajustado a la realidad del mercado y que facilite el éxito de esta forma pactada de resolver el impago de un préstamo.
¿Ha tenido un accidente con su vehículo y tiene que reclamar a la compañía aseguradora? El valor venal de su vehículo es el valor del mismo en el instante anterior al siniestro y es el que la compañía debiera ofrecerle en caso de siniestro. Nuestros peritos tasadores le ayudarán a calcularlo.
Es habitual que, tras comprar un inmueble, la Administración Tributaria establezca un valor a efectos de pago de impuestos muy superior al valor real de compraventa. ¿Cómo justificar la validez del importe realmente pagado? La tasación pericial contradictoria es la mejor vía para reclamar esa diferencia. Se trata de un tipo de valoración de bienes que se solicita tras conocer el valor asignado al bien por la Administración, si no se está de acuerdo con el. Tras presentar la solicitud de tasación contradictoria, el interesado tiene 10 días para contratar a un perito que será quien realice la tasación del bien.
Los valores catastrales son la base para el cálculo de diversos tributos (IBI, Plusvalía, Transmisiones…) y su valor no puede superar al valor de mercado del bien. Por ello, cuando el contribuyente recibe la notificación comunicándole el valor actualizado y no está conforme con dicho valor, hay un plazo de un mes para realizar una reclamación. Complementariamente, siempre es posible solicitar la revisión catastral. La aportación de un informe de tasación realizado por un profesional independiente puede resultar de gran ayuda en ambos casos.
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